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Asi estamos con las descargas

Escrito el 25 Enero, 2008
Publicado en Videos, Curiosidades

Este correo me lo han mandado hoy, y no he pensado otra cosa que: valla mierda de leyes que tenemos.

1. CASO:
a) Luís se descarga una canción de Internet.
b) Luís decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

RESPUESTA:
La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años.
El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal). Roba, pero no descargues de la mula


2. CASO:
a) Luís se descarga una canción de Internet.
b) Luís va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.RESPUESTA:
Seguiría siendo más grave la descarga de Internet.
El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal). Roba, pero no descargues.

3. CASO:
a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.RESPUESTA:
Sería mas grave la descarga.
El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal. Roba coches, pero no descargues.
Edito:

gracias Momoko


4. CASO:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.RESPUESTA:
Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos.
Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal).
Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable. Dale una paliza a un colega, pero NO le des copias de tus canciones originales


5. CASO:
a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.RESPUESTA:
El acoso sexual tendría menos pena según el articulo 184.2 del Código Penal. Viola, acosa, maltrata, pero no descargues

6. CASO:
a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.RESPUESTA:
La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal.
La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. CASO:
a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el ‘Kill’em All’ de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.RESPUESTA:
La segunda broma sería menos grave, a tenor del articulo 630 del Código Penal. Llena un parque de jeringuillas, pero no le des una copia de un original a nadie

8. CASO:
a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película ‘Los Ángeles de Charlie’. RESPUESTA:
La acción más grave desde un punto de vista penal sería la ‘a)’, puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal. Ya sabeis Pegad, pero no descargad nada

Conclusion: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el emule.¡¡¡A esto hay que darle la mayor vuelta posible por toda la red a ver si alguien con criterio pone algún remedio !!!

2 Usuarios Comentando En " Asi estamos con las descargas "

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sonicsaiyan dice,
1-25-2008 a las 16:34:34 por 81.34.117.61    

ya lei sobre eso en foros y finalmente descubrieron que era un fake, es imposible que robar un coche sea mucho menos delito que bajar una cancion

Momoko dice,
1-25-2008 a las 17:06:00 por 84.122.96.174    

Eso esta sacado de una conferencia de David Bravo, el cual es abogado.

http://es.youtube.com/watch?v=Zj8WI7TDR9c

Así que de fake, fake, nuestras leyes…

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